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INFORMACIÓN CRIADORES.

 

 

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1. REGLAMENTO DE EXPOSICIONES

2. REGLAMENTO PARA LA ADMISIÓN DE GRUPOS DE TRABAJO RECONOCIDOS POR EL REAL CEPPA

3. Reglamento de Aspirantes a Jueces de concursos de Perros Pastor Alemán del Real CEPPA, Y Aspirantes a Jueces Especialistas De Exposiciones Nacionales E Internacionales

4. REGLAMENTO DE TRABAJO

5. REGLAMENTO DE PRUEBAS DE TRABAJO SchH I

6. LA CONSANGUINIDAD

 

 

 

 

 

 

 

REGLAMENTO DE EXPOSICIONES

 

La Junta Directiva del Real CEPPA, en su reunión celebrada el día 17 de diciembre de 1994, ha aprobado las siguientes normas de obligado cumplimiento para todas las Delegaciones del Real CEPPA, que regirán a partir del día 1º de febrero de 1995, en exposiciones monográficas

1.       Están autorizado para organizar exposiciones monográficas de la raza de perro pastor alemán, las Delegaciones del Club, debiendo obtener previamente, oportuna autorización para cada caso concreto.

2.       Para obtener esta autorización, será preciso que cada Delegación curse petición escrita a la Junta Directiva Nacional del Real CEPPA, antes del 20 de diciembre de cada año, haciendo constar fechas, lugares y jueces que se proponen para las exposiciones monográficas que proyecten organizar en el siguiente año.

3.       La Junta Directiva, a la vista de las propuestas recibidas, confeccionará un calendario de exposiciones monográficas, que será presentado y sometido a discusión en la reunión anual de la Junta Directiva con los Presidentes de Delegaciones, antes del 28 de febrero de cada año.

Excepcionalmente, la Junta Directiva Nacional podrá autorizar una exposición monográfica no incluida en el calendario, o cambiar la fecha de celebración de las autorizadas, previa solicitud razonada de la Delegación, y siempre con antelación mínima de dos meses en relación con la nueva fecha propuesta.

4.       La Junta Directiva Nacional denegará el permiso para celebrar una exposición:

a)      Si la fecha propuesta coincidiese con las fechas reservadas para celebrar la Real CEPPA-Siegerschau o el Campeonato Nacional de Trabajo Real CEPPA.

b)      Cuando la fecha propuesta coincida con la de otra monográfica ya autorizada o con exposición de CACIB que se celebre dentro de la misma Comunidad Autónoma, o en lugar distante a menos de 400 kilómetros del propuesto.

c)      Cuando el Juez propuesto ya hubiese sido autorizado a juzgar dos veces en España en ese año, en caso de tratarse de jueces extranjeros de la SV o de la WUSV.

d)      Cuando el juez propuesto ya hubiese sido autorizado a juzgar otra exposición organizada por la misma Delegación ese mismo año.

e)      Si tres meses antes de la fecha prevista para la celebración de una exposición ya autorizada, no se hubiese comunicado a la Junta Directiva el nombre del Juez que habría de juzgarla y el lugar concreto de celebración, se anulará la autorización previa concedida.

5.       En todas las exposiciones, los machos y las hembras serán juzgados por separado, estableciéndose, en razón de la edad, las siguientes clases y categorías:

Cachorros “A”......... para ejemplares de 5 a 9 meses.

Cachorros “B”......... para ejemplares de 9 a 12 meses.

Muy Jóvenes........... para ejemplares de 12 a 18 meses.

Jóvenes.................... para ejemplares de 18 a 24 meses.

Abierta..................... para ejemplares de más de 24 meses.

Y se otorgarán las siguientes calificaciones:

Clases de Cachorros: Muy Prometedor, Prometedor, Poco Prometedor e Insuficiente.

Clases de Muy Jóvenes y Jóvenes: Muy Bueno, Bueno, Suficiente e Insuficiente.

Clase Abierta: Excelente, Muy Bueno, Bueno, Suficiente e Insuficiente.

     Los ejemplares que abandonen el ring, cualquiera que sea la Clase en la que compitan, serán calificados con:

-         Insuficiente, si lo hacen sin permiso del juez.

-         Retirado, si lo hacen con permiso del juez.

6.       En las exposiciones monográficas que organicen las Delegaciones, no podrá efectuarse prueba de coraje en Clase Abierta, ni presentarse Grupos de Reproductores o de Cría, que quedan reservados para la Real CEPPA-Siegerschau; ni elegirse Mejor Cachorro, Mejor Joven, Mejor Adulto o Mejor Ejemplar de la exposición, por no estar contemplado en el Reglamento de Exposiciones de la WUSV.

7.       No se permitirá la participación en exposiciones monográficas del Real CEPPA de ejemplares machos o hembras que no estén tatuados, ni de los que, estándolo, no lo hayan sido por alguna Delegación del Real CEPPA o por Club afiliado a la WUSV, si su fecha de nacimiento es posterior al 31.12.1994.

8.       Es obligatorio en las Clases de Muy Jóvenes, jóvenes y Abierta efectuar la prueba de disparo. Los que no la superen obtendrán, como máximo, calificación de Suficiente.

9.       Únicamente podrá otorgarse la calificación de Excelente a aquellos perros que, en el momento de competir en Clase Abierta, documenten estar libres de displasia, mediante la exhibición del pedigree original. Se valorarán, a criterio del juez, las calificaciones obtenidas en pruebas de trabajo.

10.    Será de la exclusiva responsabilidad del juez actuante la revisión de las bocas y de los testículos de los ejemplares participante, aún cuando la concurrencia de ejemplares que deba juzgar sea muy numerosa y, en este caso, decida hacerse auxiliar por un ayudante, que deberá ser juez del Real CEPPA o de la WUSV en activo o en prácticas.

11.    Será misión fundamental del Presidente de la Delegación y del Comisario de la Exposición, por delegación de la Junta Directiva Nacional, poner en conocimiento de los jueces extranjeros todo cuanto antecede, antes de la exposición, y vigilar su cumplimiento durante el desarrollo de la misma

Reunión de la JDN del día 3 de diciembre de 2005

  Estas normas entrarán en vigor a partir del día 1 de enero de 2006.

   5.               Se redistribuyen las edades de participación de los cachorros en las exposiciones monográficas que organizan las Delegaciones de la siguiente forma:

Cachorros de 4 a 6 meses; Cachorros de 6 a 9 meses y Cachorros de 9 a 12 meses.

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REGLAMENTO PARA LA ADMISIÓN DE GRUPOS DE TRABAJO RECONOCIDOS POR EL REAL CEPPA

 

La Junta Directiva del Real CEPPA, en su reunión celebrada el día 23 de diciembre de 1995, ha aprobado los siguientes requisitos de obligado cumplimiento, que regirán a partir del día 1 de enero de 1996, para la admisión de Grupos de Trabajo reconocidos por el Club

                                                   REQUISITOS

1.   Cursar solicitud firmada, a través de la Delegación correspondiente, aportando:

      a) Copia de los Estatutos del Grupo visados por el estamento oficial correspondiente, e inscritos en el Registro de Asociaciones de la Comunidad Autónoma respectiva;

      c)   Composición de la Junta Directiva en vigor y copia del acta de la asamblea en la que fue elegida, en caso de no ser la misma que se designó en el momento de su constitución;

      d)   Currículum del monitor responsable del Grupo, que deberá tener reconocida capacidad y haber preparado y presentado, con resultado satisfactorio, al menos un perro, a los tres niveles de una de las escuelas CEPPA, SchH o RCI;

      e)   Normas o Reglamentos Interno de funcionamiento del Grupo;

      f )   Relación nominal de miembros socios del Grupo, de los cuales un mínimo de cinco deberán ser socios del Real CEPPA;

      g)   Y, además, harán constar en la solicitud su absoluto compromiso de asumir cualquier tipo de responsabilidad que pudiera derivarse del desarrollo de las actividades que realicen, eximiendo expresamente al Real CEPPA de toda implicación.

 teléfono (facilitar plano de situación, características de las instalaciones, domicilio postal y número de teléfono de contacto).

3.   Aceptar la obligación de organizar una prueba de trabajo CEPPA al año, pudiendo organizar, facultativamente y como máximo, una segunda prueba (CEPPA o SchH), que deberán ser debidamente solicitadas a su Delegación y autorizadas por el Real CEPPA.

Madrid, 23 de diciembre de 1995.

La Junta Directiva del Real CEPPA.

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Reglamento de Aspirantes a Jueces de concursos de Perros Pastor Alemán del Real CEPPA, Y Aspirantes a Jueces Especialistas De Exposiciones Nacionales E Internacionales

 

En aplicación de lo establecido en el artículo IV .2 de los Estatutos Sociales, y 11 del Reglamento Interno del Club, y teniendo en cuenta lo dispuesto en la Disposición Transitoria Segunda del Reglamento de Aspirantes a Jueces de Razas Caninas dictado por la Real Sociedad Central de Fomento de las Razas Caninas CEPPA ha considerado necesario reglamentar las bases por las que habrá de regirse la solicitud, formación, designación y actuación de los Jueces de perros de pastor alemán en Concursos Monográficos del Real CEPPA, y de Jueces Especialistas Nacionales e Internacionales de la Real Sociedad Central de Fomento de las Razas Caninas en España.

Quienes aspiren a ser Jueces de Concursos del Real CEPPA, y Jueces Especialistas de la RSCFRCE habrán de ajustarse a las siguientes NORMAS:

1º. Podrán aspirar a ser Jueces de Concursos Monográficos de Perros de Pastor Alemán del Real CEPPA todos los socios del Club que se hallen al corriente de sus obligaciones sociales, con una antigüedad mínima de cinco años, y que no hayan sido sancionados en expediente disciplinario por alguna de las causas establecidas en el artículo 26 del Reglamento Interno del Real CEPPA.

2º. Serán requisitos imprescindibles para aspirar a ser Jueces de Concursos de Perros de Pastor Alemán del Real CEPPA, además de los establecidos en la norma anterior, los siguientes:

A)    Ser criador de perros de pastor alemán con una antigüedad mínima de cinco años, a partir de la fecha de otorgamiento del correspondiente “prefijo” o “afijo” por la Real Sociedad Central de Fomento de las Razas Caninas en España. Cuando se hubiera disfrutado de más de un afijo, sucesivamente, se computará la suma de los períodos de tenencia de todos ellos. Habrá que acreditar que se ha criado al menos una camada por año, controlada y tatuada por el Real CEPPA.

B)     Haber criado, con afijo propio, al menos dos pastores alemanes que hayan obtenido la calificación de “excelente” en exposiciones monográficas del Real CEPPA, juzgadas por un juez especialista, preferiblemente del SV, y un “excelente”, por lo menos, en la CEPPA-Siegerschau.

C)    Haber presentado perros de pastor alemán con regularidad en exposiciones, desde cinco años antes de la solicitud.

D)    Presentar la correspondiente solicitud mediante escrito dirigido al Presidente del Real CEPPA a través de la Delegación correspondiente. La Delegación dará traslado de la solicitud junto con un amplio informe sobre las, a su juicio, aptitudes del solicitante, profesión, actividades cinológicas, colaboración que presta al Club y, en general, cuantos datos considere precisos para apoyar la solicitud. Una vez aprobada la solicitud, se informará al interesado a través de la Delegación, el cual podrá iniciar su período de prácticas. Una vez concluido, deberá acreditar:

E)     Haber actuado, como Comisario de Ring, en exposiciones monográficas del Real CEPPA al menos tres veces, con tres Jueces distintos, en exposiciones monográficas del Real CEPPA.

F)     Haber calificado y clasificado los ejemplares participantes en, por lo menos, cuatro exposiciones monográficas del Real CEPPA que hayan sido juzgadas por Jueces Especialistas de la raza, cuya clasificación y raport deberá mostrar al Juez, al finalizar el aspirante la prueba, y antes de que el Juez haga su clasificación. El juez, a su vez, entregará un informe escrito al presidente de la Delegación organizadora, quien le remitirá a la Secretaría General del Real CEPPA, para su incorporación al expediente del aspirante.

El último de los cuatro ejercicios de prácticas deberá hacerse necesariamente en exposición monográfica que juzgue el Presidente del Real CEPPA.

Si el aspirante a Juez es miembro de la Junta Directiva Nacional o de una Delegación, no podrá hacer las prácticas de Juez en exposiciones organizadas por la Delegación de cuya Junta Directiva forma parte.

G)    Aprobar un examen teórico sobre el standard de la raza, anatomía del pastor alemán y valoración de cualidades y defectos del pastor alemán en exposiciones; y Estatutos, Reglamento y Normas del Real CEPPA.

    3º.  Una vez recibida toda la documentación necesaria en la Secretaría General del Real CEPPA, el Presidente ordenará la apertura de un Expediente y la comprobación de los datos aportados. El Secretario General podrá solicitar de los aspirantes cuantos datos o ampliación de los aportados considere necesarios para una mejor información.

           Una vez cerrado el expediente, en un plazo máximo de noventa días desde la entrada en el Registro del Real CEPPA, se someterá a la Junta Directiva, en su primera reunión inmediata, la admisión o denegación de la solicitud de Juez.

     4º.  La Junta Directiva, a la vista del Expediente, podrá acordar:

A)    Designar al solicitante para Juez de Concursos de Perros de Pastor Alemán del Real CEPPA.

B)     Denegar la solicitud.

C)    Reabrir el expediente para mejor información.

Las soluciones, en cualquier caso, serán fundamentadas y contra ellas no cabe recurso alguno de los interesados.

Los acuerdos sobre solicitudes de Jueces de Concursos del Real CEPPA, requieren el voto afirmativo o denegatorio de las dos terceras partes de los miembros de la Junta Directiva, y no serán admitidas abstenciones, por tratarse de materia de la mayor importancia para el futuro de la raza.

Cada miembro de la Junta Directiva tendrá en cuenta, al emitir su voto, las condiciones personales, además de las imprescindibles expuestas que concurren en cada solicitante, tales como la moralidad, conocimientos teóricos de la raza, prácticas realizadas como Juez en Concursos y Exposiciones Monográficas, experiencias como Comisario de ring, etc... por lo que los aspirantes podrán hacer alegaciones en sus solicitudes, de cuantos méritos consideren capitalizables para la obtención del título

5º.  Una vez concedido por la Junta Directiva el título de Juez, será notificado al interesado, y a la Delegación correspondiente. A partir de ese momento podrá actuar como Juez de Concursos, debiendo solicitar, en todos los casos, autorización de la Junta Directiva Nacional, previa a la exposición, para poder juzgar.

6º.    Los designados como Jueces del Real CEPPA, estarán sometidos a los Estatutos y Reglamento Interno del Club, y normas que dicte la Junta Directiva.

7º.     Los Jueces de Concursos del Real CEPPA mantendrán su condición de tales por un período mínimo de un año, al cabo del cual la Junta Directiva puede proponer a la Real Sociedad Central de Fomento de las Razas Caninas en España su designación como Jueces Especialistas de Pastores Alemanes en Exposiciones Nacionales e Internacionales.

8º.      Estas Normas entran en vigor a partir del día 29 de junio de 1991, fecha de su aprobación por la Junta Directiva del Real CEPPA, y derogan las del 24 de julio de 1980, publicadas en el Boletín nº 2 del Club.

             Madrid, 29 de junio de 1991.

             El Presidente del Real Club Español del Perro de Pastor Alemán.

Hace doce años que se fundó el Real CEPPA. Desde hace ocho estamos intentando, con la oposición sistemática de la Real Sociedad Canina, administradora del Libro de Orígenes, que es propiedad del Ministerio de Agricultura, que se imponga el tatuaje obligatorio de todos los perros, como medida de identificación previa a la inscripción en el Libro de Orígenes, y como medida de control y cruces y nacimientos.

La actitud de la sociedad administradora del Libro, está posibilitando la crianza de ejemplares que no están suficientemente controlados genéticamente, y propiciando actitudes fraudulentas de algunos criadores poco escrupulosos, con un daño irreparable para el futuro de la raza.

Confiamos en que con la intervención del Ministerio de Agricultura, y ahora de la Comunidad Europea, esta tibia situación se clarifique

  La Junta Directiva del Real CEPPA, en su reunión celebrada el día 23 de diciembre de 1995, ha aprobado las siguientes normas de obligado cumplimiento para todas las Delegaciones del Real CEPPA, que regirán a partir del día 1º de febrero de 1996, en las pruebas de trabajo autorizadas por el Club.

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REGLAMENTO DE TRABAJO

 

1.        Para valorar las cualidades individuales de utilidad de los perros de pastor alemán: rastreo, obediencia y protección, se han desarrollado los reglamentos de perro de compañía y las escuelas SchH/CEPPA, bajo los cuales serán juzgadas las pruebas de trabajo del Club, por jueces habilitados al efecto.

2.        A efectos organizativos, estas pruebas quedan divididas en clasificatorias y no clasificatorias.

3.        Están legitimados para organizar pruebas de trabajo clasificatorios:

a)      El Real CEPPA directamente, que organizará anualmente el Campeonato Nacional de Trabajo del Club, conforme al reglamento aprobado.

b)      Las Delegaciones del Club, previa autorización del Real CEPPA, que organizarán las pruebas clasificatorias para poder participar en dicho Campeonato.

4. Podrán organizar pruebas de trabajo no clasificatorios, previa solicitud en cada uno de   los casos al Real CEPPA, que deberá otorgar su consentimiento:

a)     Las Delegaciones del Club.

b)     Los Grupos de Trabajo reconocidos por el Real CEPPA, siempre y cuando cuenten para cada caso en concreto, con la conformidad de la Delegación correspondiente a su domicilio

5. Para obtener  las autorizaciones a que se refieren las normas 3.b , 4 a  y 4b. Serán preciso que cada Delegación curse petición escrita a la Junta Directiva Nacional del Real CEPPA, antes del 20 de diciembre de cada año, haciendo constar: tipo de pruebas, organizadores, fechas, lugares y jueces que se proponen para las pruebas de trabajo que proyecten organizar en el siguiente año.

6. La Junta Directiva, a la vista de las propuestas recibidas, confeccionará un calendario de pruebas de trabajo-clasificatorias y no clasificatorias, que será presentado  y sometido  a discusión en la reunión anual de la Junta Directiva Nacional con los presidentes de Delegaciones, antes del 28 de Febrero de cada año.

Excepcionalmente , la Junta Directiva Nacional podrá autorizar, una prueba de trabajo no incluida  en el calendario, o cambiar la fecha de celebración de las autorizadas, previa solicitud razonada por la Delegación y siempre con antelación con la nueva propuesta.

  1. La Junta Directiva Nacional denegará el permiso para celebrar una prueba de trabajo:

a)      Si la solicitud no viniese cursada y con el visto bueno de la Delegación correspondiente.

b)      Si la fecha propuesta coincidiese con las fechas reservadas para celebrar la Real CEPPA-Siegerschou o el Campeonato Nacional de Trabajo del Real CEPPA.

c)      Si en la fecha propuesta ya se hubiese autorizado otra prueba a la misma Delegación.

d)      Si en la fecha propuesta ya se hubiese autorizado la celebración de dos pruebas clasificatorias, salvo que medie conformidad escrita por parte de las Delegaciones afectadas.

e)      Si el juez propuesto ya hubiese sido autorizado a juzgar dos veces en España ese mismo año, en caso de tratarse de jueces extranjeros del SV. (A estos cómputos no serán tenidos en cuenta las designaciones efectuadas para el Campeonato Nacional).

f)       Si el juez propuesto ya hubiese sido autorizado a juzgar dos veces en esa Delegación ese mismo año.

  1. La Junta Nacional podrá anular la autorización previa concedida para celebrar una prueba de trabajo, si dos meses antes de la fecha prevista para su celebración no se hubiese comunicado al Real CEPPA el nombre del juez que habría de juzgarla o el lugar concreto de celebración.

  2. No se permitirá la participación en pruebas de trabajo del Real CEPPA de ejemplares machos o hembras que no sean de la raza de pastor alemán, o que no estén tatuados, ni de los que, estándolo, no lo hayan sido por alguna Delegación del Real CEPPA o por un Club afiliado a la WUVS, si su fecha de nacimiento es posterior al 31.12.1994.

  3. En las pruebas de trabajo que organicen las Delegaciones del Club o los Grupos de Trabajo reconocidos por el Real CEPPA, no podrá concederse título alguno, ya que queda reservado para el Campeonato Nacional de Trabajo. No obstante, y a criterio de los organizadores, podrán entregarse trofeos u otras recompensas a quienes obtengan las mejores puntuaciones de cada nivel y disciplina.

  4. El organizador deberá proveerse de Figurantes habilitados por el Real CEPPA para el tipo de prueba que desee organizar:

 

_   Clasificatorias: Dos figurantes Excelentes, o un Excelente y otro Muy Bueno; o dos Muy Buenos (previa autorización del Real CEPPA, a propuesta razonada de la Delegación).

_   No Clasificatorias: Cualquier combinación en la que intervengan dos figurantes calificados, cuando menos, como Buenos.

 

  1. Será misión fundamental del Presidente de la Delegación o del Responsable del Grupo de Trabajo, respectivamente, por delegación de la Junta Directiva Nacional, poner en conocimiento de los jueces todo cuanto antecede, antes de la prueba, vigilar su cumplimiento durante el desarrollo de la misma, y, a su finalización, remitir al Real CEPPA informe y dos catálogos con las puntuaciones y calificaciones otorgadas.

Madrid, 23 de diciembre de 1995. La Junta Directiva del Real CEPPA.

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REGLAMENTO DE PRUEBAS DE TRABAJO SchH I

1.DISPOSICIONES GENERALES

  1. Niveles de exámenes

2. Condiciones de admisión

3. Prueba de desenvoltura

4. Puntuaciones y calificaciones.

5. Comportamiento de los participantes en los exámenes

6. Conducción del perro al pie derecho.

7. Misiones del Comisario de la prueba.

 

II. EXAMEN DEL NIVEL 1

  1. Sección A – Rendimiento en la prueba de rastreo.
  2. Sección B – Trabajos de obediencia.
  3. Sección C – Pruebas de protección.

III. EXAMEN DE NIVEL 2

1.       Sección A- Rendimiento en la prueba de rastreo.

2.       Sección B- Trabajos de obediencia.

3.       Sección C- Pruebas de protección.

III. EXAMEN DE NIVEL 4

1.       Sección A- Rendimiento en prueba de rastreo.

2.       Sección B- Trabajos de obediencia.

3.       Sección C- Pruebas de protección.

V. ESQUEMAS

1.       Esquema para la realización del trabajo de obediencia en el nivel 3.

2.       Esquema para la realización de la prueba de protección en los niveles 2 y 3.

I. DISPOSICIONES GENERALES

  1. Niveles de examen:

El Reglamento de exámenes está dividido en:

-         Examen de nivel 1 (SchH 1 – CEPPA 1)

-         Examen de nivel 2 (SchH 2- CEPPA 2)

-         Examen de nivel 3 (SchH 3 – CEPPA 3)

  1. Reglamento de admisión:

      La edad mínima de admisión de los perros participantes es:

-         Examen de nivel 1........14 meses.

-         Examen de nivel 2........16 meses.

-         Examen de nivel 3........20 meses.

En un día de examen con un juez de trabajo, pueden admitirse un máximo de diez perros. Si en la inscripción se sobrepasase este número, deberá de prolongarse el examen en medio día o un día entero más o aumentar el número de jueces.

En un día de exámenes, cada perro solamente podrán ser inscritos para un nivel de examen. Si un perro ha obtenido un distintivo de formación, no podrá ser admitido para el examen de nivel superior hasta después de transcurridas seis semanas. Si ha alcanzado el nivel 3, queda a criterio del presentador el plazo para presentar a su perro a otros exámenes. 

Queda a libre criterio de todo presentador el repetir un examen sin transcurrir plazo determinado alguno, aunque no podrá ser dentro de la misma prueba.

Es inadmisible que un mismo perro participe el mismo día en dos pruebas distintas organizadas por clubes o asociaciones diferentes. Únicamente podrán participar en la prueba los perros que aparentemente estén sanos.

Las perras en celo quedan admitidas bajo la condición de que queden aisladas del resto de los participantes y que en las pruebas de obediencia y de protección participen en último lugar.

  1. Prueba de comportamiento (indiferencia)

Antes de comenzar su participación en una prueba de trabajo ( nivel 1, 2 ó 3), los perros inscritos deberán ser sometidos a una prueba de comportamiento.

La calificación se produce también durante la totalidad de la prueba.

Los perros que no superen la prueba de comportamiento quedarán excluidos del resto del examen.

Si un perro muestra durante el examen algún defecto de carácter, aunque haya aprobado la prueba de comportamiento, podrá, a criterio del juez, ser excluido de la prueba.

  1. Puntuaciones y clasificaciones.

En cada sección, se concederá una puntuación máxima de 100 puntos, por lo que la puntuación máxima posible de obtener en cada nivel será de 300 puntos. Únicamente podrá ser concedido un distintivo de formación, cuando el perro haya obtenido como mínimo 70 puntos en c ad una de las secciones A y B y 80 puntos en la sección C.

Podrán otorgarse las siguientes calificaciones:

-          De 0 a 109 puntos..................Insuficiente.

-          De 110 a 219 puntos..............Deficiente.

-          De 220 a 239 puntos..............Suficiente.

-          De 240 a 269 puntos..............Bueno.

-          De 270 a 285 puntos..............Muy Bueno.

-          De 286 a 300 puntos..............Excelente.

En igualdad de puntuación entre varios perros, decide los puntos obtenidos en la sección C. Si esto no conduce a un aclaración, entonces decidirá los puntos conseguidos en la sección B- Calificación para la agresividad de combate incluido valor y dureza:

                   -a: Notorio.

                   -vh: Existente.

                   -ng: Insuficiente.

  1. Comportamiento de los participantes en el examen.

Al comienzo del examen, todo participante deberá presentarse ante el Juez al ser llamado, manteniendo una actitud deportiva y con el perro cogido de la correa, citar su nombre y el nombre del perro.

El pedigree del perro así como la cartilla de calificaciones deberán ser entregados al Comisario de la prueba antes del comienzo de la misma.

En caso de que por el Club se exija la pertenencia al mismo para tener derecho a participar en un examen deberá presentarse el carnet de socio y el recibo actualizado.

Todo participante deberá someterse incondicionalmente a las instrucciones del Juez así como a las del Comisario de la Prueba. El guía deberá presentar a su perro de una forma totalmente correcta y deportiva. Las acciones de mala fe pueden acarrear la exclusión para seguir participando. La decisión para ello la tiene en todos los casos el Juez, no pudiendo ser impugnada. La decisión del Juez o de los Jueces es inapelable. Queda prohibida cualquier reclamación en contra de su decisión. Queda prohibido el llevar collares de pinchos. El guía solamente podrá alabar al perro una vez al finalizar cada ejercicio.

Quedan prohibidas las ayudas físicas por parte del guía, en caso de que éstas sean empleadas, se producirá una deducción de puntos.

Las órdenes pueden ser dadas en el idioma del país del conductor.

  1. Conducción del perro en el pie derecho.

Los guías que por incapacidad física no pudieran conducir al perro por su lado izquierdo pueden hacerlo por el derecho. En este caso, las normas del Reglamento de Exámenes sobre conducción del perro por el lado izquierdo son también válidas para el lado derecho

  1. Misiones del Comisario de la Prueba.

El Comisario de la prueba deberá presentar al Juez antes del comienzo de la misma la oportuna autorización del Club para la celebración de tal evento en la fecha correspondiente, y entregarle los Cuadernos de Juez necesarios o, en su caso, los documentos de calificaciones en los cuales deberán estar registrados todos los datos necesarios.

El Comisario de la prueba deberá ocuparse de disponer de un campo para el rastreo adecuado al Reglamento de Exámenes y de los ayudantes necesarios especializados en marcar las pistas.

También deberá ocuparse de disponer de un terreno suficientemente adecuado para la realización de las pruebas de obediencia y protección. Igualmente se responsabilizará de tener a disposición dos figurantes, con indumentaria de protección segura, así como de los aparatos necesarios para los ejercicios. Deberá disponer en todo momento de un mínimo de cuatro personas para formar el grupo.

El Comisario deberá garantizar un desarrollo ordenado del examen y estar a disposición del Juez durante la totalidad del tiempo de duración del mismo, velando en todo momento por el cumplimiento de todas sus instrucciones.

Deberá ocuparse de que existan las suficientes listas y cuadernos de calificación y tenerlos a mano ya preparados.

EXAMEN DE SCHUTZHUND NIVEL 1 ( SchH 1)

SECCIÓN A. RENDIMIENTO EN LA PRUEBA DE RASTREO.

Máxima puntuación 100 puntos, orden auditiva “Such” (busca)

-MANTENERSE EN LA PISTA = 80 puntos.

-Localizar dos objetos (10+10)= 20 puntos.

Buscar un objeto perdido en una pista de 350 a 400 pasos máximo, con veinte minutos de antigüedad como mínimo, con dos objetos y una correa de rastreo de 10 metros, o búsqueda libre. La pista de rastreo contiene dos ángulos rectos.

El Juez decide el desarrollo de la pista, bajo la adaptación del terreno disponible. El punto de partida deberá estar bien señalizado y representado mediante un cartel, el cual deberá estar clavado en el suelo, a la izquierda del punto de partida. Una vez que el presentador ha permanecido un tiempo en el punto de partida de la pista, seguirá el camino descrito por el Juez y depositará el primer objeto, en el medio entre el primer y segundo ángulo, sin interrumpir el paso.

El segundo objeto será depositado al final de la pista. El colocador de pistas seguirá aún unos pasos en dirección recta, para después retornar fuera de la pista colocada.

El presentador podrá realizar la prueba de rastreo con su perro libre de correa, o con una correa de 10 metros. Ambas formas tiene la misma calificación.

Reglamento de ejecución.

El presentador deberá mostrar al Juez los objetos antes de depositarlos. Solamente podrán ser utilizados objetos de uso normal y no deberán sobrepasar el tamaño de una cartera de bolsillo y que no destaquen en su color excesivamente al del terreno de la pista. Durante la colocación de la pista, el perro deberá ser mantenido a cubierto. El olor de la huella, no deberá ser modificado a ser posible, al depositar el objeto. El colocador de pistas no podrá quedarse quieto ni patear. Los objetos no deben ser depositados al lado, sino sobre la pista.

El presentador se dirige a su perro y le prepara para la prueba de rastreo. Una vez llamado se dirigirá con su perro al Juez e indicará si su perro coge los objetos o los señala. Ambas cosas juntas, o sea, coger y señalar es incorrecto. Por indicación del Juez, el perro es dirigido lenta y sosegadamente hacia el punto de partida y preparado. Durante la preparación y el trabajo de rastreo queda prohibido cualquier forzamiento. Durante la preparación se le concederá al perro el tiempo suficiente para el comienzo del olfateo. Deberá de evitarse cualquier cosa que despierte en el perro la obligación de partir hacia delante.

El perro deberá comenzar el olfateo sosegadamente y con la nariz pegada al suelo. En cuanto el perro comience el rastreo, el presentador se quedará quieto y dejará deslizar la correa por la mano hasta los diez metros reglamentarios, que también deberán mantenerse en la búsqueda libre

En cuanto el perro haya encontrado un objeto, deberá de recogerlo o indicarlo claramente y sin ayuda del presentador. Cualquier procedimiento con el objeto o recogida estando sentado es incorrecto. La indicación puede producirse de pie, sentado o tumbado. El presentador soltará la correa y se dirigirá inmediatamente a su perro. Mediante el alzamiento del objeto, indicará que lo ha localizado. Posteriormente, el presentador proseguirá con su perro el trabajo de rastreo. Una vez finalizado el trabajo, deberán mostrarse los objetos al Juez.

Calificaciones.

La preparación defectuosa, desvaríos, giros continuados en los ángulos, estímulos constantes, recogida o indicación defectuosa y dejar caer el objeto, será sancionado con una rebaja de hasta 4 puntos. Las repetidas preparaciones o desvaríos fuertes, olfatear con la nariz predominantemente alta, rastreo impetuoso, evacuar, cazar ratones y cosas parecidas, tienen como consecuencia la rebaja de hasta 8 puntos. Por un objeto recogido o indicado incorrectamente, serán rebajados 4 puntos. Para los objetos no localizados se descontarán 10 puntos. La recogida o indicación de un objeto no depositado por el colocador, se sancionará con 4 puntos.

SECCIÓN B. TRABAJOS DE OBEDIENCIA.

Puntuación máxima de 100 puntos.

Cualquier ejercicio individual, comienza y termina con la posición base.

Conducción con correa y desenvoltura (15 puntos).

Orden auditiva “Fuss”.

Partiendo de la posición base, el perro cogido con correa, deberá seguir alegre a su presentador a la orden de “Fuss”. Al comienzo del ejercicio el presentador deberá recorrer con su perro de 40 a 50 pasos en dirección recta sin mostrar giros ni paradas y después de 10 a 15 pasos deberá iniciar el paso rápido pasando posteriormente al lento en ciclos de cómo mínimo 10 pasos en cada ritmo. En el paso normal deberán realizarse al menos un giro a la derecha, otro a la izquierda y una media vuelta. El perro deberá permanecer siempre en el lado izquierdo del presentador, con el omoplato a la altura de la rodilla y no deberá adelantarse o desviarse o lateralmente. En la realización de los giros, el presentador deberá parar una vez en la recta después del giro.

Solamente al comenzar y en el cambio del paso le está permitido al presentador dar la orden de “Fuss”. Si el presentador se para, el perro deberé sentarse inmediatamente sin influencia del presentador. El guía no deberá aquí variar su posición base y especialmente, no acudir al perro eventualmente separado. La correa deberá ser portada en la mano izquierda durante la presentación y deberá colgar floja. Por indicación del Juez, el presentador andará con su perro a través de un grupo de al menos cuatro personas. El guía deberá parar al menos una vez dentro del grupo. El grupo deberá moverse entre sí.

El retrasarse, adelantarse, desviación lateral del perro, así como la permanencia remisa del guía en los giros, es incorrecto.

2.Seguimiento libre (15 puntos) Orden auditiva “Fuss”

Por orden del Juez, el perro será soltado de la correa durante el movimiento. El presentador se colgará la correa en los hombros o se la guardará en el bolsillo y se dirigirá inmediatamente de nuevo con su perro suelto al grupo de personas debiendo parar aquí al menos una vez. Al abandonar el grupo, el presentador adoptará por un momento la posición base y comenzará entonces el seguimiento libre de forma análoga como lo descrito en el ejercicio 1. Mientras que el presentador realiza el ejercicio citado anteriormente (pero no al andar a través del grupo), se efectuarán dos disparos. El perro deberá comportarse indiferente al disparo.

Si el perro se muestra temeroso al disparo, quedará eliminado inmediatamente del examen. Si el perro muestra en el disparo deseos de ataque, será una incorrección mientras permanezca aún cogido por el presentador. La totalidad de los puntos solamente pueden ser conseguidos mediante la indiferencia al disparo.

Reglamento de ejecución:

Deberá de valorarse especialmente la indiferencia al disparo. Los disparos se efectuarán a una distancia de 15 metros y, en concreto, dos disparos en un intervalo de 5 segundos. Si el perro sale corriendo al disparar, quedará eliminado de los exámenes siguientes.

Si el Juez cree haber reconocido en el perro sensibilidad al disparo, quedará a su libre criterio el probar al perro con la repetición de más disparos.

El examen de indiferencia al disparo, solamente se efectuará en los ejercicios de “seguimiento libre” y “deponer bajo distracción”.

3.       Ejercicio de sentarse (10 puntos) orden auditiva “Sitz”.

Partiendo de la posición básica, el presentador andará con su perro libre de correa y al pie, en dirección recta. Después de 10 pasos como mínimo, el perro, y a la orden de “sitz”, deberá sentarse inmediatamente, sin que el presentador interrumpa su paso o vuelva la mirada. Después de 30 pasos más, el guía se quedará quieto y girará hacia su perro inmediatamente. A indicación del Juez, el presentador volverá hacia su perro y tomará posición base al lado derecho de su perro.

Si el perro en lugar de sentarse, se tumba o permanece de pie, serán deducidos 5 puntos.

4.      Deponer en conexión con el acercamiento (10 puntos) Orden auditiva “Platz”/”Hier”-“Fuss”

Partiendo de la posición base, el presentador andará con su perro a la orden de “Fuss” en dirección recta. Después de 10 pasos como mínimo, el perro, y a la orden de “Platza deberá tumbarse inmediatamente. Sin ejercer ninguna otra influencia sobre el perro y sin darse la vuelta, el presentador andará 30 pasos más en dirección recta, girará inmediatamente hacia su perro y se quedará quieto. A indicación del Juez, el presentador llamará a su perro. De manera alegre y a paso rápido, el perro deberá aproximarse a su guía y sentarse de frente y pegado a él.

A la orden de “Fuss”, el perro deberá sentarse al lado de su presentador. Si el perro se queda de pie o se sienta, pero se acerca correctamente, se descontarán 5 puntos.

5.      Aportar un objeto desde el suelo, perteneciente al presentador (10 puntos), orden auditiva “Bring”

El perro suelto, sentado al lado del guía, y al recibir una única orden de “Bring”, deberá correr rápidamente hacia el objeto lanzado con anterioridad a 10 pasos aproximadamente tomar éste, y llevarlo inmediatamente a su presentador. El perro deberá sentarse delante de su guía y mantener el objeto en su boca hasta que el presentador después de una pequeña pausa, le retire el objeto con la orden de “Aus”.

A la orden de “Fuss”, el perro se sentará rápidamente al aldo de su guía. Además de un objeto perteneciente al presentador, puede utilizarse un Apport.

El presentador deberá mantener la posición base hasta que el perro haya entregado el objeto y se haya sentado al lado izquierdo del presentador.

Calificaciones:

Si el perro deja caer el objeto o juega con él, se descontarán hasta 4 puntos.

En las variaciones de las posturas bases del presentador se descontarán hasta 3 puntos.

Si el perro no aporta, este ejercicio se calificará con 0 puntos.

6.      Transportar un objeto perteneciente al presentador, en salto libre sobre una riostra de 1 metro de alto por 1,50 de ancho (15 puntos) orden auditiva “Hopp”, “Bring”

El presentador se situará a una distancia razonable ante la riostra, mientras que el perro permanece suelto al lado de él. En lugar de un objeto perteneciente al presentador, puede lanzar también un apport de madera. A la orden de “Hopp”, “Bring” el perro deberá saltar libre, sin rozar la riostra, coger inmediatamente el objeto y después del viaje de retorno, se sentará pegado y de frente a su presentador y mantendrá el objeto en la boca hasta que el guía se lo quite a la orden de “Aus”. A la orden de “Fuss”, el perro deberá sentarse rápidamente al lado del presentador

La orden de “Bring” deberá darse antes de que el perro esté ante el objeto.

Calificaciones:

Por un ligero roce, se podrán descontar hasta 2 puntos; por un roce pronunciado, hasta 3 puntos; por un apoyo pronunciado, caída del objeto o jugar, hasta 4 puntos.

Salto sin objeciones y transportar sin defecto alguno = 15 puntos.

Salto de retorno rehusado, pero transportando el objeto sin objeciones = 8 puntos.

Salto de ida no realizado, salto de retorno sin objeciones y transportando el objeto = 8 puntos.

Salto de ida y vuelta realizados y objeto no transportado = 8 puntos.

Salto de ida y vuelta no realizados y objeto transportado = 0 puntos.

Salto de ida realizado, sin salto de vuelta y objeto no transportado = 0 puntos.

En el caso de que el objeto lanzado por el presentador haya caído muy ladeado, motivado por un lanzamiento incorrecto o por viento fuerte de costado, queda a libre criterio del presentador, previa consulta al Juez, el recoger el objeto y realizar un nuevo lanzamiento. Esto, no traerá consigo un descuento de puntos.

Si en el salto de la riostra se produce alguna ayuda, sin que el presentador modifique su posición, se producirá un descuento de puntos. Si el presentador abandona el lugar de partida para mediante ayudas incitar al perro a saltar, se descontarán puntos por los saltos de ida y vuelta. El dar golpes en la riostra, lo cual está ligado a abandonar el punto de partida, deberá contemplarse como una ayuda tan grande que no podrá clasificarse el salto de ida y vuelta. El presentador deberá permanecer en la posición base, hasta que el perro, después de haber entregado el objeto, se haya sentado rápidamente a la orden de “Fuss” a la izquierda de su presentador. Todos los perros deberán saltar el mismo obstáculo, en caso de que hubiera varios